ubi lex dixit
Friday, July 27, 2007
  DEL DESPIDO DE UN TRABAJADOR QUE ESTABA EN VACACIONES

Me consulta un trabajador vía correo electrónico, que si es correcto que lo despidan mientras estaba de vacaciones y que si podemos incoar una demanda para solicitar la calificación del despido, el re enganche y el pago de los salarios caídos.

En primer lugar, no es el Poder Judicial el competente para conocer del despido de un trabajador que estaba de vacaciones, por cuanto le corresponde a la Inspectoría del Trabajo respectiva el conocimiento de este caso en el que se alega que fue despedido mientras disfrutaba de su período vacacional.

Ya en anteriores sentencias del Tribunal Supremo de Justicia en su Sala Político-Administrativa, entre ellas las sentencias de la Sala números 2288 y 1572 de fechas 26 de abril de 2005 y 20 de junio de 2006, respectivamente, se declaró que por cuanto “el trabajador durante el disfrute de las vacaciones no está en la obligación de cumplir con la jornada de trabajo, situación a la cual resultan aplicable los artículos 94 y 96 de la Ley Orgánica del Trabajo”…Omissis…

Artículo 94: Serán causas de suspensión:

….Omissis….

h). Casos fortuitos o de fuerza mayor que tengan como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la suspensión temporal de las labores.”

….Omissis….

Artículo 96: Pendiente la suspensión, el patrono no podrá despedir al trabajador afectado por ella, sin causa justificada debidamente comprobada mediante el procedimiento establecido en el Capítulo II del Título VII de esta Ley. Si por necesidades de la empresa tuviere que proveer su vacante temporalmente, el trabajador será reintegrado a su cargo al cesar la suspensión”.

En el Capítulo II del Título VII, de la Ley Orgánica del Trabajo, en su artículo 453, se define el procedimiento a seguir que consiste en: a) solicitar al Inspector del Trabajo de la jurisdicción correspondiente, la autorización para despedir al trabajador; b) en un escrito que determine el nombre y dominio del solicitante y el carácter con el cual se presenta; c) el nombre y el cargo o función del trabajador a quien se pretenda despedir, trasladar o desmejorar, y las causas que se invoquen para ello.

 
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